Defensa rápida de tus derechos fundamentales ante la Corte de Apelaciones. Alzas de Isapre, prestaciones de salud, decisiones administrativas, libertad personal y otros casos en que tus derechos constitucionales están en riesgo.
Una Isapre que sube tu plan sin justificación. Una autoridad que dicta una resolución que te perjudica. Un servicio público que toma una decisión arbitraria. Una empresa o particular que afecta tu propiedad o tu trabajo. Una detención sin causa legal.
Cuando un acto u omisión ilegal o arbitraria vulnera un derecho fundamental, la Constitución ofrece una vía rápida: el recurso de protección (artículo 20) y el recurso de amparo (artículo 21). No tienes que aceptar lo que decidieron por ti.
El recurso de protección, regulado en el artículo 20 de la Constitución, es una acción que puede presentarse ante la Corte de Apelaciones respectiva cuando un acto u omisión ilegal o arbitraria priva, perturba o amenaza el legítimo ejercicio de derechos fundamentales como la vida, la propiedad, la igualdad ante la ley, la libertad de trabajo o el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, entre otros.
El recurso de amparo (artículo 21), en cambio, está destinado específicamente a proteger la libertad personal y la seguridad individual frente a detenciones, arrestos o restricciones de movimiento que se hayan dispuesto sin sujeción a la ley.
⚖ Importante: Estos recursos tienen plazos breves para su presentación, especialmente el de protección. Pasado el plazo, se pierde la posibilidad de utilizar esta vía rápida y solo quedan las acciones ordinarias, que son mucho más lentas. Por eso conviene actuar pronto.
Asumimos recursos en las materias más frecuentes ante las Cortes de Apelaciones de todo Chile.
Alzas de planes de Isapre, negativas de coberturas GES, suspensión de prestaciones médicas, problemas con licencias médicas y más.
Actos arbitrarios o ilegales de organismos públicos, municipios, servicios o autoridades que afectan tus derechos.
Afectaciones arbitrarias al derecho de propiedad por decisiones administrativas, particulares o empresas.
Cortes arbitrarios de agua, electricidad, gas, telefonía o internet sin justificación legal o procedimiento previo.
Tratos discriminatorios o arbitrarios de instituciones públicas o privadas que afectan el acceso a bienes, servicios o derechos.
Defensa frente a detenciones ilegales, arrestos arbitrarios o restricciones indebidas de la libertad personal.
Las alzas unilaterales de Isapre son uno de los casos más frecuentes en que las Cortes acogen recursos de protección. Conversemos tu situación y veamos las alternativas reales.
Escríbenos por WhatsAppAlgunas de las situaciones más frecuentes que vemos en nuestro estudio:
Desde la primera conversación hasta la sentencia y los recursos de apelación, si fuera necesario.
Revisamos los hechos, la documentación y verificamos si efectivamente se afecta un derecho fundamental que dé lugar al recurso.
Determinamos desde cuándo corre el plazo y si todavía se está en tiempo de presentar el recurso.
Preparación técnica del escrito, identificando claramente el acto recurrido, el derecho vulnerado y los fundamentos jurídicos.
Ingreso del recurso ante la Corte de Apelaciones competente y solicitud de orden de no innovar cuando corresponda.
Seguimiento del informe de la parte recurrida, presentación de antecedentes adicionales y alegatos en estrados cuando se realicen.
Análisis del fallo y, si corresponde, recurso de apelación ante la Corte Suprema para revisión del caso.
A diferencia de los juicios ordinarios, el recurso de protección tiene un plazo breve para ser presentado. Si se deja pasar, se pierde esta vía rápida y constitucional, y solo quedan acciones ordinarias que pueden tomar años.
Cada caso requiere un análisis técnico de los hechos y de la oportunidad. En la consulta inicial revisamos tu situación, verificamos el plazo y te entregamos un diagnóstico claro y honesto sobre la viabilidad del recurso.
El recurso de protección no espera. Actuamos sin demora desde la primera conversación para no perder oportunidades procesales.
Conocimiento profundo de la jurisprudencia de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema en materias constitucionales.
Representación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, San Miguel, Valparaíso, Concepción, Temuco y todas las del país.
Te decimos las cosas como son: si el recurso tiene mérito, qué probabilidades hay y qué resultado es razonablemente esperable.
Tu caso lo lleva el abogado, no un asistente. Comunicación constante y máxima confidencialidad.
Presupuesto detallado y por escrito antes de iniciar. Sin sorpresas ni cobros ocultos.
El recurso de protección tiene un plazo de 30 días corridos contados desde la ejecución del acto, la ocurrencia de la omisión o, según los casos, desde que se haya tenido noticia o conocimiento cierto de los mismos. Es un plazo breve y fatal: si se deja pasar, se pierde esta vía. Por eso la urgencia de actuar pronto y consultar lo antes posible.
Las alzas unilaterales del plan base de Isapre son uno de los casos más frecuentes de recursos de protección en Chile, y existe abundante jurisprudencia favorable a los afiliados. Las Cortes han considerado en muchos casos que estos aumentos pueden ser arbitrarios cuando no están suficientemente justificados. Revisamos tu carta de adecuación, verificamos plazos y te decimos si tu caso tiene mérito.
El recurso de protección (art. 20 Constitución) protege un conjunto amplio de derechos: vida, integridad, propiedad, igualdad ante la ley, libertad de trabajo, medio ambiente, entre otros. El recurso de amparo (art. 21 Constitución) protege específicamente la libertad personal y la seguridad individual, y se utiliza ante detenciones o restricciones ilegales de la libertad. Son acciones distintas, con tramitaciones propias, aunque ambas se presentan ante la Corte de Apelaciones.
Procede el recurso de amparo, que se tramita con urgencia ante la Corte de Apelaciones para examinar la legalidad de la detención o restricción. Es importante actuar rápido y reunir cuanta información sea posible: hora y lugar de la detención, identificación del personal involucrado, motivo invocado y cualquier antecedente disponible.
El recurso de protección procede tanto frente a actos u omisiones de autoridades públicas como de particulares (empresas, instituciones privadas, personas naturales). El requisito es que se afecte un derecho fundamental por un acto u omisión ilegal o arbitraria, sin importar si quien lo comete es público o privado.
Es un procedimiento relativamente rápido en comparación con los juicios ordinarios, porque su lógica es de urgencia constitucional. Sin embargo, la duración exacta depende de la carga del tribunal, la complejidad del caso y si se interponen apelaciones ante la Corte Suprema. Tras revisar tu caso te entregamos una estimación realista.
Sí. Representamos clientes ante las Cortes de Apelaciones de todo Chile (Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Valparaíso, Santiago, San Miguel, Rancagua, Talca, Chillán, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas) mediante atención digital. Toda la coordinación se realiza por medios electrónicos.
Para casos frecuentes como recursos contra Isapres ofrecemos honorarios fijos. Para casos más complejos podemos pactar esquemas adaptables. Tras una primera conversación entregamos un presupuesto detallado por escrito, con valor cerrado y forma de pago acordada antes de iniciar.
Si crees que un acto u omisión está vulnerando tus derechos, agenda una consulta inicial. Revisaremos tu caso, verificaremos los plazos y te entregaremos un diagnóstico claro, sin compromisos.